Convocan a intendentes e intendentas de todo el país para fiscalizar precios

Se publicó en el boletín oficial, la convocatoria a intendentes e intendentas de todo el país, para que se sumen a fiscalizar y controlar los precios en el marco de la cuarentena.
El decreto es el nro Decreto 351/2020 y entre otras cosas, en sus considerandos dice “Que dada la situación de emergencia sanitaria que tiene lugar en nuestro país como consecuencia del brote del nuevo Coronavirus SARS-CoV-2, resulta necesaria la adopción de nuevas medidas que se sumen a las ya adoptadas, garantizando a la población el acceso a ciertos bienes esenciales que satisfagan, en este particular y excepcional contexto, necesidades básicas vinculadas al bienestar general.”
Agregando que “por la Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100 del 19 de marzo de 2020 se dispuso por el término de TREINTA (30) días corridos desde su entrada en vigencia, la fijación de precios máximos de venta al consumidor de bienes de consumo general, estableciéndose los mismos a los valores vigentes al día 6 de marzo del presente año y pudiendo prorrogarse la medida en caso de persistir las circunstancias de excepción que la motivaron”, por lo tanto “resulta prioritario garantizar el cumplimiento de dicha medida o las que en el futuro la prorroguen, amplíen o reemplacen, para asegurar el bienestar de los y las habitantes del país de modo uniforme en todo el Territorio Nacional.”
Y en tal sentido, “resulta aconsejable intensificar y coordinar el poder de policía entre las jurisdicciones nacional y local para propender a un eficiente control y juzgamiento de las disposiciones contenidas en la Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Nº 100/20 para atender al interés público común.”
El artículo 2do del decreto, establece “Convócase a los Intendentes e Intendentas de todos los municipios del país a realizar, en forma concurrente con la Nación, la fiscalización y control del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Nº 100/20, o las que en el futuro la prorroguen, reemplacen o amplíen, en los supuestos comprendidos en el artículo 15 de la Ley Nº 20.680.”
No obstante, el juzgamiento de las infracciones estarán a cargo de la Secretaria de Comercio, que además “brindará a las autoridades municipales la asistencia técnica y la cooperación que le sean requeridas en el marco de lo dispuesto en el presente decreto.”
Para ver el texto completo del decreto: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/227668/20200409
